1. INTRODUCCIÓN:
Como es de conocimiento público, mediante la Resolución de Superintendencia Nº 212-2011-SUNAT, se postergó la utilización del PDT Planilla Electrónica PLAME - Formulario Virtual 601 versión 2.0 y se establecieron los supuestos para su implementación gradual.
Para éstos efectos en el mencionado cuerpo legal se postergó el uso del PDT Planilla Electrónica PLAME para ser utilizado a partir del periodo noviembre del 2011, así también se estableció la implementación gradual de dicho formulario virtual, los cuales se tienen que tener en cuenta para su aplicación voluntaria u obligatoria (para cierto caso) a partir del presente mes de acuerdo al Cronograma de Vencimiento y Pago de Obligaciones Tributarias correspondiente al mes citado anteriormente, por lo que en la presente ocasión presentamos a modo de ejemplo la forma de registrar y presentar el mencionado formulario, alcanzando para ese fin un video tutorial y luego una tira de imágenes comentadas del proceso a seguir para declarar y presentar este formulario, espero les sea de mucha utilidad.
2. DEFINICIONES PREVIAS:
2.1. ¿Qué es la Planilla Electrónica?
Es el documento llevado a través de los medios informáticos desarrollados por la SUNAT, en el que se encuentra la información de los empleadores, trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, personal en formación -modalidad formativa laboral y otros, personal de terceros y derechohabientes.
2.2. ¿Qué componentes conforman la Planilla Electrónica?
La Planilla Electrónica se encuentra conformada por la información del Registro de Información Laboral (T-REGISTRO) y la Planilla Mensual de Pagos (PLAME) que se elabora obligatoriamente a partir de la información consignada en dicho Registro.
2.3. ¿Qué es la Planilla Mensual de Pagos (PLAME)?
Es el componente de la Planilla Electrónica que se elabora a partir de la información del T-REGISTRO, y que se debe presentar mensualmente de acuerdo al cronograma que establece la SUNAT.
2.4. ¿Qué información contiene la Planilla Mensual de Pagos (PLAME)?
• Trabajador: Las remuneraciones e ingresos devengados y/o pagados, así como datos de la jornada laboral, descuentos, tributos, aportes y contribuciones.
• Pensionista: Los ingresos devengados y/o pagados, descuentos, tributos, aportes y contribuciones.
• Prestador de servicio con rentas de cuarta categoría (PS 4ta categoría): el monto pagado por el servicio, así como los datos del comprobante.
• Personal en formación: el monto pagado de la subvención económica o estipendio.
• Personal de terceros: base de cálculo del aporte al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) a cargo del ESSALUD, la tasa y el aporte al SCTR contratado con EsSalud.
2.5. ¿Qué es el PDT Planilla Electrónica PLAME?
Es el medio informático aprobado por la SUNAT para cumplir con la presentación de la PLAME y con la declaración de las obligaciones que se generen a partir del mes de noviembre de 2011 a través del Formulario Virtual N° 0601, y que deben ser presentadas a partir del mes de diciembre de 2011.
3. INSTALACIÓN DEL PROGRAMA
3.1. ¿Cómo obtener el PDT PLAME?
Para obtener el PDT PLAME ingrese a http://www.sunat.gob.pe. En la sección Declaración y Pago encontrará la opción “Descarga del PDT” donde encontrará información sobre los PDT desarrollados por la SUNAT.
Ingrese a la opción “Módulos independientes” y encontrará el PDT 0601 - Planilla Electrónica PLAME.
Para instalar el PDT PLAME, previamente debe instalar el “Adobe Air Runtime”, y luego ejecute el auto instalador del PDT.
4. INGRESO AL PROGRAMA
Con clave SOL: Se ingresa el número de RUC, código de usuario y clave SOL, y al pulsar el botón “Acceder” se validarán dichos datos. Esta opción le permite ejecutar las opciones para validar y descargar datos en línea o sincronizar con el T-REGISTRO los datos del empleador y de sus trabajadores, pensionistas, personal en formación y personal de terceros para elaborar su declaración mensual.
Sin clave SOL: Al ingresar por primera vez al PDT PLAME, a través de esta opción, debe ingresar el N.° de RUC del empleador y por defecto el aplicativo generará el usuario Administrador (“ADMINIST”) cuya contraseña inicial será “ADMINIST”.
Debe tener en cuenta que al ingresar “Sin clave SOL”, no podrá realizar sincronizar con T-REGISTRO, no obstante sí podrá importar un “Archivo Personalizado del T-REGISTRO” para la elaboración de sus declaraciones.
5. FUNCIONALIDADES DEL PDT PLAME
El PDT PLAME cuenta con los siguientes módulos:
6. MÓDULO “EMPLEADOR”
6.1. ¿Cuáles son las opciones que presenta este módulo?
- Validar si el empleador se encuentra inscrito en el T-REGISTRO y al sincronizar, en automático se descargarán los datos del empleador necesarios para elaborar el PDT.
- Seleccionar en el PDT los conceptos remunerativos, ingresos y descuentos que utilizará para la elaboración de la PLAME y su declaración, a través de la sección Mantenimiento de conceptos.
- Señalar si el empleador del sector privado tiene convenio de estabilidad tributaria vigente por IES, en cuyo caso deberá registrar la tasa establecida en su convenio.
- Modificar datos del empleador, excepto los que son tomados del T-REGISTRO, los que deberán ser modificados en este aplicativo y actualizados en el PDT.
- Eliminar el RUC del empleador en el PDT, opción que elimina toda su información.
- Consultar y generar reportes de los datos del empleador que han sido actualizados en el PDT.
6.2. ¿Cómo se ingresan en el PDT PLAME los datos del Empleador?
Al ingresar el número de RUC, código de usuario y clave SOL válidos, el aplicativo se ubicará en la opción “Nuevo” del módulo “Empleador”, y luego de pulsar el botón “Sincronizar” el aplicativo verifica si el empleador se encuentra inscrito en el T-REGISTRO, de estar inscrito sus datos se descargan en línea (automáticamente) al PDT PLAME. Esta opción será utilizada si tiene conexión a internet.
Los datos que sincronizará el PDT son los que se encuentren previamente validados en el T-REGISTRO, el mismo que se encuentra en el Menú “Mi RUC y Otros Registros” del Sistema SOL
Cualquier modificación de los datos del empleador que se obtienen del T-REGISTRO para la elaboración del PDT PLAME, debe realizarla en el T-REGISTRO, y posteriormente actualizar los datos en el PDT PLAME ejecutando el botón “Sincronizar” en el módulo Empleador, o con la “Importación del Archivo Personalizado del T-REGISTRO” actualizado.
Al término de la descarga el sistema advierte:
Para luego mostrar lo siguiente:
En la sección Identificación del Empleador, los empleadores cuyo tipo sea “Sector privado” y que tienen suscrito un convenio de estabilidad y/o exoneración, deberán marcar este indicador a fin de que el PDT habilite la sección Convenio.
6.3. Mantenimiento de Conceptos
En esta sección podrá seleccionar los conceptos, ingresos y descuentos que utilizará para elaborar la PLAME y la declaración de tributos y aportes vinculados a sus trabajadores y/o pensionistas.
Sólo para los empleadores del “sector público” u “Otras entidades” se habilitan los conceptos del rubro 2000.
Por cada rubro de ingresos se muestra el detalle de los conceptos, así como su afectación, conforme a lo establecido en la Tabla 22 del Anexo 2 de la Planilla Electrónica, aprobada mediante R.M N° 121-2011-TR.
De efectuar el pago de algún concepto no previsto en la Tabla 22 del Anexo 2 de la Planilla Electrónica, utilice el rubro “Otros conceptos” (1000) para ingresar un nuevo concepto …
… y la afectación del mismo.
7. MÓDULO “DECLARACIONES JURADAS”
7.1. ¿Qué funcionalidades permite realizar este módulo?
- Elaborar una nueva declaración
- Modificar una declaración registrada
- Eliminar una declaración registrada
- Copiar una declaración
- Generar archivo de envío
- Registrar el N.° de orden de la declaración
- Recuperar los datos de un archivo de envío generado en el PDT
7.2. ¿Cómo se obtienen los datos de los trabajadores, pensionistas, personal en Formación y personal de terceros del T-REGISTRO al PDT PLAME?
El PDT PLAME se elabora a partir de la información del T-REGISTRO, para tal efecto el empleador debe obtener la relación de trabajadores, pensionistas, personal en formación y personal de terceros, y los datos que se requieren para la elaboración de la declaración.
Para que se muestre en el PDT PLAME la información del T-REGISTRO, el empleador podrá hacer uso de alguno de los siguientes procesos:
• Sincronización de datos con T-REGISTRO.
• Importación de Archivo Personalizado del T-REGISTRO.
7.3. Sincronización de datos con el T-REGISTRO
Este proceso podrá ser ejecutado desde el módulo Declaraciones Juradas del PDT, al momento de elaborar su declaración o modificar la misma. La opción se encuentra en la sección “Información General” de su declaración.
No debemos de olvidar de consignar en la opción “Datos básicos de la declaración” el Periodo Tributario a declarar y señalar si la declaración sustituye o rectifica a otra.
La sincronización es un proceso en línea, a través de internet, que permite actualizar en el PDT PLAME las novedades del T-REGISTRO (nuevos registros, actualizaciones o bajas), respecto a los datos necesarios para la elaboración de las declaraciones mensuales.
Antes de iniciar con el proceso de sincronización el sistema nos advierte:
Durante el proceso el proceso de sincronización el sistema dejará ver la descarga de datos:
7.4. Elaborar una Nueva declaración
Para elaborar una nueva declaración ingrese al módulo Declaraciones Juradas, opción “Nueva declaración” y complete los datos de las 3 secciones de la declaración: Información General, Detalle de Declaración y Determinación de Deuda.
En la declaración cuenta con 2 botones que le permiten conocer el estado de su declaración:
- Validar: Opción que valida los datos registrados en su declaración una vez concluido el llenado de la misma, y de existir inconsistencias, muestra el detalle para su corrección.
- Guardar: Guarda la información, verifica la consistencia de los datos ingresados y le indica si su declaración presenta inconsistencias o no. Si la declaración no presenta inconsistencias, en el módulo “Declaraciones Registradas” se habilita el ícono para generar el “Archivo de envío” que contendrá la declaración que presentará a través de la internet, oficinas de SUNAT o los bancos autorizados, según corresponda.
7.5. Sección “Información General”
En esta sección complete los datos básicos:
- Período tributario (habilitado a partir de 11/2011).
- Indicar si la declaración es sustitutoria o rectificatoria (SI/NO).
- Seleccione la forma de obtención de los registros para elaborar su declaración y “ejecutar” el proceso seleccionado.
7.6. Sección “Detalle de Declaración”
Luego de obtener los datos de los trabajadores, pensionistas, personal en formación y personal de terceros en el PDT PLAME, ingrese a la Sección “Detalle de declaración” a fin de registrar los datos mensuales de cada uno de los sujetos antes señalados, así como los datos de los PS 4ta. Categoría, de corresponder.
Para completar el detalle de la declaración, el empleador puede hacerlo de 2 maneras:
- Carga individual. Pulse el ícono “Editar detalle” y complete uno a uno los datos solicitados por el PDT PLAME.
- Carga masiva. Podrá realizar la importación del detalle de la declaración a través de la opción “Importar archivo”. La elaboración de los archivos a importar, se realizará de acuerdo a lo establecido en el Anexo 3 – Estructuras de los Archivos de Importación, aprobados mediante R.M. N° 121-2011-TR, en adelante “Anexo 3”.
Si realiza una carga individual (uno a uno) de los datos antes señalados, ingrese a la sección Trabajadores, ubique el trabajador respecto del cual va a registrar datos y presione el ícono “Editar detalle”.
Deberá ingresar los datos que solicita el PDT en cada una de las secciones: Datos del trabajador, Jornada laboral, Ingresos, Descuentos y Tributos y aportes, y luego presione el botón “Grabar”. El aplicativo mostrará si los datos grabados están consistentes o inconsistentes. Los datos de tributos y aportes se actualizan cuando se graban los datos del trabajador.
En la sección “Jornada Laboral” se tiene que indicar los días efectivamente laborados, días Subsidiados y No Laborados y no subsidiados, así como la cantidad de horas y minutos efectivos durante el periodo declarado.
En la sección “Ingresos” se debe de consignar los ingresos percibidos durante el periodo, para adicionar o eliminar conceptos diríjase a “Mantenimiento de conceptos” del Módulo Empleador.
Hacer lo mismo para la sección “Descuentos”, por último al dirigirnos a la sección “Tributos y Aport…” el sistema requerirá que las bases y cálculos se actualicen, para ello basta con hacer clic sobre el botón “Grabar”.
De existir inconsistencias el sistema notificará el detalle de los mismos como se muestra a continuación:
Para corregirlos sólo basta con completar la información notificada y presionar el botón “Grabar”
De no existir errores el sistema mostrará el siguiente mensaje para continuar y actualizará el estado del trabajador con un color verde:
Para registrar datos de Prestadores de Servicios generadores de rentas de cuarta categoría nos tenemos que dirigir a la sección “PS 4ta Categoría”
Cabe recordar que esta información necesariamente tiene que hacerse por la PLAME, en vista que no puede sincronizarse desde el T-REGISTRO, lo que significa que para registrar este tipo de trabajadores contamos con dos opciones, “Importar Archivo” y “Nuevo”, esta vez lo haremos por el segundo:
Una vez llenados los campos de identificación del prestador le damos clic en el botón “Grabar”
Para llenar el detalle del trabajador registrado se tiene que hacer clic sobre el botón “Nuevo” e ingresar la información del comprobante.
Al igual que con los trabajadores, para guardar y validar los datos registrados se tiene que hacer clic sobre el botón “Grabar”
Para salir a la pantalla donde se muestra la relación de trabajadores, presione “Cerrar detalle” y continúe con el llenado hasta completar los datos de todos sus trabajadores.
7.7. Sección “Determinación de la Deuda”
Culminado el llenado de “Detalle de declaración”, verifique que todos los trabajadores, pensionistas y demás prestadores tengan estado consistente ().
De encontrarse consistente, ingrese a “Determinación de la deuda”, complete los datos de esta sección de la declaración, valide su declaración y guarde la misma.
De no existir error con la información registrada el sistema mostrará el siguiente mensaje:
8. DECLARACIONES REGISTRADAS
En el módulo “Declaraciones Registradas” se muestra la relación de las declaraciones generadas en el PDT PLAME, la fecha de actualización, así como su estado (consistente, inconsistente o pendiente de validación). En dicho módulo se cuenta con opciones que le permiten modificar, eliminar, copiar y generar el archivo de envío de una declaración.
8.1. Modificar una declaración
Al ingresar a esta opción, podrá consultar los datos registrados en las tres secciones de la declaración: Información general, Detalle de declaración y Determinación de la deuda, asimismo podrá modificar y/o efectuar las actualizaciones que correspondan a dichos datos. Efectuada la modificación y/o actualización de datos, recuerde “Guardar” su declaración.
8.2. Eliminar una declaración
Esta opción le permite eliminar o borrar una declaración. El aplicativo le solicita una confirmación para eliminar la declaración seleccionada. Una vez eliminada, ésta será borrada definitivamente del PDT.
8.3. Copiar una declaración
Para copiar el detalle de una declaración (período origen) al período inmediato siguiente (período destino), primero deberá generar y grabar los datos de la sección “Información General” de la declaración del período destino, que incluye la relación de los trabajadores, pensionistas, personal en formación y personal de terceros, respecto de los cuales se copiarán los datos del período origen.
Al ejecutar dicho proceso, se procederá a copiar el detalle de la declaración origen que corresponda a los trabajadores, pensionistas, personal en formación y personal de terceros que se encuentren en la declaración del período destino.
8.4. Generar el “Archivo de Envío” para presentar su declaración
Cuando la declaración se grabó satisfactoriamente y no presenta inconsistencias, podrá generar el Archivo de envío de su declaración desde la opción “Declaraciones registradas” pulsando el ícono “Archivo de envío”.
Para generar el “Archivo de envío” debe indicar si la declaración será presentada por las ventanillas de SUNAT o Bancos autorizados, o por Internet SUNAT Operaciones en línea. Tratándose de la primera opción el PDT solicitará se ingrese el Código de envío.
Luego de señalar la unidad y directorio donde se grabará el archivo de envío, y pulsar el botón “Generar”, se procederá a generar y grabar el archivo de envío en la ruta señalada, el cual podrá ser presentado a la SUNAT a través de la opción que indicó al momento de la generación.
Al concluir la generación del archivo el sistema nos notifica
9. PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES
Una vez concluido con el proceso de envío de declaraciones ahora sólo queda proceder con su presentación, en nuestro caso por Internet mediante el Sistema SUNAT Operaciones en Línea (SOL), por lo que una vez ingresado a dicho sistema nos dirigimos al Menú “Mis declaraciones y pagos” y Seleccionamos la opción “PDT 601 Planillas Electrónicas”.
Luego seleccionamos el archivo generado en el punto 8.4, haciendo clic en el botón “Seleccionar Archivo”
Al hacer clic sobre el botón “Enviar” se nos presenta la siguiente pantalla
Y para presentar y pagar le damos clic en el botón “Confirmar”.
Como es de conocimiento público, mediante la Resolución de Superintendencia Nº 212-2011-SUNAT, se postergó la utilización del PDT Planilla Electrónica PLAME - Formulario Virtual 601 versión 2.0 y se establecieron los supuestos para su implementación gradual.
Para éstos efectos en el mencionado cuerpo legal se postergó el uso del PDT Planilla Electrónica PLAME para ser utilizado a partir del periodo noviembre del 2011, así también se estableció la implementación gradual de dicho formulario virtual, los cuales se tienen que tener en cuenta para su aplicación voluntaria u obligatoria (para cierto caso) a partir del presente mes de acuerdo al Cronograma de Vencimiento y Pago de Obligaciones Tributarias correspondiente al mes citado anteriormente, por lo que en la presente ocasión presentamos a modo de ejemplo la forma de registrar y presentar el mencionado formulario, alcanzando para ese fin un video tutorial y luego una tira de imágenes comentadas del proceso a seguir para declarar y presentar este formulario, espero les sea de mucha utilidad.
2. DEFINICIONES PREVIAS:
2.1. ¿Qué es la Planilla Electrónica?
Es el documento llevado a través de los medios informáticos desarrollados por la SUNAT, en el que se encuentra la información de los empleadores, trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, personal en formación -modalidad formativa laboral y otros, personal de terceros y derechohabientes.
2.2. ¿Qué componentes conforman la Planilla Electrónica?
La Planilla Electrónica se encuentra conformada por la información del Registro de Información Laboral (T-REGISTRO) y la Planilla Mensual de Pagos (PLAME) que se elabora obligatoriamente a partir de la información consignada en dicho Registro.
2.3. ¿Qué es la Planilla Mensual de Pagos (PLAME)?
Es el componente de la Planilla Electrónica que se elabora a partir de la información del T-REGISTRO, y que se debe presentar mensualmente de acuerdo al cronograma que establece la SUNAT.
2.4. ¿Qué información contiene la Planilla Mensual de Pagos (PLAME)?
• Trabajador: Las remuneraciones e ingresos devengados y/o pagados, así como datos de la jornada laboral, descuentos, tributos, aportes y contribuciones.
• Pensionista: Los ingresos devengados y/o pagados, descuentos, tributos, aportes y contribuciones.
• Prestador de servicio con rentas de cuarta categoría (PS 4ta categoría): el monto pagado por el servicio, así como los datos del comprobante.
• Personal en formación: el monto pagado de la subvención económica o estipendio.
• Personal de terceros: base de cálculo del aporte al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) a cargo del ESSALUD, la tasa y el aporte al SCTR contratado con EsSalud.
2.5. ¿Qué es el PDT Planilla Electrónica PLAME?
Es el medio informático aprobado por la SUNAT para cumplir con la presentación de la PLAME y con la declaración de las obligaciones que se generen a partir del mes de noviembre de 2011 a través del Formulario Virtual N° 0601, y que deben ser presentadas a partir del mes de diciembre de 2011.
3. INSTALACIÓN DEL PROGRAMA
3.1. ¿Cómo obtener el PDT PLAME?
Para obtener el PDT PLAME ingrese a http://www.sunat.gob.pe. En la sección Declaración y Pago encontrará la opción “Descarga del PDT” donde encontrará información sobre los PDT desarrollados por la SUNAT.
Ingrese a la opción “Módulos independientes” y encontrará el PDT 0601 - Planilla Electrónica PLAME.
Para instalar el PDT PLAME, previamente debe instalar el “Adobe Air Runtime”, y luego ejecute el auto instalador del PDT.
4. INGRESO AL PROGRAMA
Con clave SOL: Se ingresa el número de RUC, código de usuario y clave SOL, y al pulsar el botón “Acceder” se validarán dichos datos. Esta opción le permite ejecutar las opciones para validar y descargar datos en línea o sincronizar con el T-REGISTRO los datos del empleador y de sus trabajadores, pensionistas, personal en formación y personal de terceros para elaborar su declaración mensual.
Sin clave SOL: Al ingresar por primera vez al PDT PLAME, a través de esta opción, debe ingresar el N.° de RUC del empleador y por defecto el aplicativo generará el usuario Administrador (“ADMINIST”) cuya contraseña inicial será “ADMINIST”.
Debe tener en cuenta que al ingresar “Sin clave SOL”, no podrá realizar sincronizar con T-REGISTRO, no obstante sí podrá importar un “Archivo Personalizado del T-REGISTRO” para la elaboración de sus declaraciones.
Para fines prácticos, en el presente informe presentaremos la primera forma de ingreso y registro (Con Clave SOL), prometo sin embargo actualizar a la brevedad el otro modo de ingreso para guía de los interesados. |
5. FUNCIONALIDADES DEL PDT PLAME
El PDT PLAME cuenta con los siguientes módulos:
6. MÓDULO “EMPLEADOR”
6.1. ¿Cuáles son las opciones que presenta este módulo?
- Validar si el empleador se encuentra inscrito en el T-REGISTRO y al sincronizar, en automático se descargarán los datos del empleador necesarios para elaborar el PDT.
- Seleccionar en el PDT los conceptos remunerativos, ingresos y descuentos que utilizará para la elaboración de la PLAME y su declaración, a través de la sección Mantenimiento de conceptos.
- Señalar si el empleador del sector privado tiene convenio de estabilidad tributaria vigente por IES, en cuyo caso deberá registrar la tasa establecida en su convenio.
- Modificar datos del empleador, excepto los que son tomados del T-REGISTRO, los que deberán ser modificados en este aplicativo y actualizados en el PDT.
- Eliminar el RUC del empleador en el PDT, opción que elimina toda su información.
- Consultar y generar reportes de los datos del empleador que han sido actualizados en el PDT.
6.2. ¿Cómo se ingresan en el PDT PLAME los datos del Empleador?
Al ingresar el número de RUC, código de usuario y clave SOL válidos, el aplicativo se ubicará en la opción “Nuevo” del módulo “Empleador”, y luego de pulsar el botón “Sincronizar” el aplicativo verifica si el empleador se encuentra inscrito en el T-REGISTRO, de estar inscrito sus datos se descargan en línea (automáticamente) al PDT PLAME. Esta opción será utilizada si tiene conexión a internet.
Los datos que sincronizará el PDT son los que se encuentren previamente validados en el T-REGISTRO, el mismo que se encuentra en el Menú “Mi RUC y Otros Registros” del Sistema SOL
Cualquier modificación de los datos del empleador que se obtienen del T-REGISTRO para la elaboración del PDT PLAME, debe realizarla en el T-REGISTRO, y posteriormente actualizar los datos en el PDT PLAME ejecutando el botón “Sincronizar” en el módulo Empleador, o con la “Importación del Archivo Personalizado del T-REGISTRO” actualizado.
Al término de la descarga el sistema advierte:
Para luego mostrar lo siguiente:
En la sección Identificación del Empleador, los empleadores cuyo tipo sea “Sector privado” y que tienen suscrito un convenio de estabilidad y/o exoneración, deberán marcar este indicador a fin de que el PDT habilite la sección Convenio.
6.3. Mantenimiento de Conceptos
En esta sección podrá seleccionar los conceptos, ingresos y descuentos que utilizará para elaborar la PLAME y la declaración de tributos y aportes vinculados a sus trabajadores y/o pensionistas.
Sólo para los empleadores del “sector público” u “Otras entidades” se habilitan los conceptos del rubro 2000.
Por cada rubro de ingresos se muestra el detalle de los conceptos, así como su afectación, conforme a lo establecido en la Tabla 22 del Anexo 2 de la Planilla Electrónica, aprobada mediante R.M N° 121-2011-TR.
De efectuar el pago de algún concepto no previsto en la Tabla 22 del Anexo 2 de la Planilla Electrónica, utilice el rubro “Otros conceptos” (1000) para ingresar un nuevo concepto …
… y la afectación del mismo.
7. MÓDULO “DECLARACIONES JURADAS”
7.1. ¿Qué funcionalidades permite realizar este módulo?
- Elaborar una nueva declaración
- Modificar una declaración registrada
- Eliminar una declaración registrada
- Copiar una declaración
- Generar archivo de envío
- Registrar el N.° de orden de la declaración
- Recuperar los datos de un archivo de envío generado en el PDT
7.2. ¿Cómo se obtienen los datos de los trabajadores, pensionistas, personal en Formación y personal de terceros del T-REGISTRO al PDT PLAME?
El PDT PLAME se elabora a partir de la información del T-REGISTRO, para tal efecto el empleador debe obtener la relación de trabajadores, pensionistas, personal en formación y personal de terceros, y los datos que se requieren para la elaboración de la declaración.
Para que se muestre en el PDT PLAME la información del T-REGISTRO, el empleador podrá hacer uso de alguno de los siguientes procesos:
• Sincronización de datos con T-REGISTRO.
• Importación de Archivo Personalizado del T-REGISTRO.
7.3. Sincronización de datos con el T-REGISTRO
Este proceso podrá ser ejecutado desde el módulo Declaraciones Juradas del PDT, al momento de elaborar su declaración o modificar la misma. La opción se encuentra en la sección “Información General” de su declaración.
No debemos de olvidar de consignar en la opción “Datos básicos de la declaración” el Periodo Tributario a declarar y señalar si la declaración sustituye o rectifica a otra.
La sincronización es un proceso en línea, a través de internet, que permite actualizar en el PDT PLAME las novedades del T-REGISTRO (nuevos registros, actualizaciones o bajas), respecto a los datos necesarios para la elaboración de las declaraciones mensuales.
Antes de iniciar con el proceso de sincronización el sistema nos advierte:
Durante el proceso el proceso de sincronización el sistema dejará ver la descarga de datos:
7.4. Elaborar una Nueva declaración
Para elaborar una nueva declaración ingrese al módulo Declaraciones Juradas, opción “Nueva declaración” y complete los datos de las 3 secciones de la declaración: Información General, Detalle de Declaración y Determinación de Deuda.
En la declaración cuenta con 2 botones que le permiten conocer el estado de su declaración:
- Validar: Opción que valida los datos registrados en su declaración una vez concluido el llenado de la misma, y de existir inconsistencias, muestra el detalle para su corrección.
- Guardar: Guarda la información, verifica la consistencia de los datos ingresados y le indica si su declaración presenta inconsistencias o no. Si la declaración no presenta inconsistencias, en el módulo “Declaraciones Registradas” se habilita el ícono para generar el “Archivo de envío” que contendrá la declaración que presentará a través de la internet, oficinas de SUNAT o los bancos autorizados, según corresponda.
7.5. Sección “Información General”
En esta sección complete los datos básicos:
- Período tributario (habilitado a partir de 11/2011).
- Indicar si la declaración es sustitutoria o rectificatoria (SI/NO).
- Seleccione la forma de obtención de los registros para elaborar su declaración y “ejecutar” el proceso seleccionado.
7.6. Sección “Detalle de Declaración”
Luego de obtener los datos de los trabajadores, pensionistas, personal en formación y personal de terceros en el PDT PLAME, ingrese a la Sección “Detalle de declaración” a fin de registrar los datos mensuales de cada uno de los sujetos antes señalados, así como los datos de los PS 4ta. Categoría, de corresponder.
Para completar el detalle de la declaración, el empleador puede hacerlo de 2 maneras:
- Carga individual. Pulse el ícono “Editar detalle” y complete uno a uno los datos solicitados por el PDT PLAME.
- Carga masiva. Podrá realizar la importación del detalle de la declaración a través de la opción “Importar archivo”. La elaboración de los archivos a importar, se realizará de acuerdo a lo establecido en el Anexo 3 – Estructuras de los Archivos de Importación, aprobados mediante R.M. N° 121-2011-TR, en adelante “Anexo 3”.
Si realiza una carga individual (uno a uno) de los datos antes señalados, ingrese a la sección Trabajadores, ubique el trabajador respecto del cual va a registrar datos y presione el ícono “Editar detalle”.
Deberá ingresar los datos que solicita el PDT en cada una de las secciones: Datos del trabajador, Jornada laboral, Ingresos, Descuentos y Tributos y aportes, y luego presione el botón “Grabar”. El aplicativo mostrará si los datos grabados están consistentes o inconsistentes. Los datos de tributos y aportes se actualizan cuando se graban los datos del trabajador.
En la sección “Jornada Laboral” se tiene que indicar los días efectivamente laborados, días Subsidiados y No Laborados y no subsidiados, así como la cantidad de horas y minutos efectivos durante el periodo declarado.
En la sección “Ingresos” se debe de consignar los ingresos percibidos durante el periodo, para adicionar o eliminar conceptos diríjase a “Mantenimiento de conceptos” del Módulo Empleador.
Hacer lo mismo para la sección “Descuentos”, por último al dirigirnos a la sección “Tributos y Aport…” el sistema requerirá que las bases y cálculos se actualicen, para ello basta con hacer clic sobre el botón “Grabar”.
De existir inconsistencias el sistema notificará el detalle de los mismos como se muestra a continuación:
Para corregirlos sólo basta con completar la información notificada y presionar el botón “Grabar”
De no existir errores el sistema mostrará el siguiente mensaje para continuar y actualizará el estado del trabajador con un color verde:
Para registrar datos de Prestadores de Servicios generadores de rentas de cuarta categoría nos tenemos que dirigir a la sección “PS 4ta Categoría”
Cabe recordar que esta información necesariamente tiene que hacerse por la PLAME, en vista que no puede sincronizarse desde el T-REGISTRO, lo que significa que para registrar este tipo de trabajadores contamos con dos opciones, “Importar Archivo” y “Nuevo”, esta vez lo haremos por el segundo:
Una vez llenados los campos de identificación del prestador le damos clic en el botón “Grabar”
Para llenar el detalle del trabajador registrado se tiene que hacer clic sobre el botón “Nuevo” e ingresar la información del comprobante.
Al igual que con los trabajadores, para guardar y validar los datos registrados se tiene que hacer clic sobre el botón “Grabar”
Para salir a la pantalla donde se muestra la relación de trabajadores, presione “Cerrar detalle” y continúe con el llenado hasta completar los datos de todos sus trabajadores.
7.7. Sección “Determinación de la Deuda”
Culminado el llenado de “Detalle de declaración”, verifique que todos los trabajadores, pensionistas y demás prestadores tengan estado consistente ().
De encontrarse consistente, ingrese a “Determinación de la deuda”, complete los datos de esta sección de la declaración, valide su declaración y guarde la misma.
De no existir error con la información registrada el sistema mostrará el siguiente mensaje:
8. DECLARACIONES REGISTRADAS
En el módulo “Declaraciones Registradas” se muestra la relación de las declaraciones generadas en el PDT PLAME, la fecha de actualización, así como su estado (consistente, inconsistente o pendiente de validación). En dicho módulo se cuenta con opciones que le permiten modificar, eliminar, copiar y generar el archivo de envío de una declaración.
8.1. Modificar una declaración
Al ingresar a esta opción, podrá consultar los datos registrados en las tres secciones de la declaración: Información general, Detalle de declaración y Determinación de la deuda, asimismo podrá modificar y/o efectuar las actualizaciones que correspondan a dichos datos. Efectuada la modificación y/o actualización de datos, recuerde “Guardar” su declaración.
8.2. Eliminar una declaración
Esta opción le permite eliminar o borrar una declaración. El aplicativo le solicita una confirmación para eliminar la declaración seleccionada. Una vez eliminada, ésta será borrada definitivamente del PDT.
8.3. Copiar una declaración
Para copiar el detalle de una declaración (período origen) al período inmediato siguiente (período destino), primero deberá generar y grabar los datos de la sección “Información General” de la declaración del período destino, que incluye la relación de los trabajadores, pensionistas, personal en formación y personal de terceros, respecto de los cuales se copiarán los datos del período origen.
Al ejecutar dicho proceso, se procederá a copiar el detalle de la declaración origen que corresponda a los trabajadores, pensionistas, personal en formación y personal de terceros que se encuentren en la declaración del período destino.
8.4. Generar el “Archivo de Envío” para presentar su declaración
Cuando la declaración se grabó satisfactoriamente y no presenta inconsistencias, podrá generar el Archivo de envío de su declaración desde la opción “Declaraciones registradas” pulsando el ícono “Archivo de envío”.
Para generar el “Archivo de envío” debe indicar si la declaración será presentada por las ventanillas de SUNAT o Bancos autorizados, o por Internet SUNAT Operaciones en línea. Tratándose de la primera opción el PDT solicitará se ingrese el Código de envío.
Luego de señalar la unidad y directorio donde se grabará el archivo de envío, y pulsar el botón “Generar”, se procederá a generar y grabar el archivo de envío en la ruta señalada, el cual podrá ser presentado a la SUNAT a través de la opción que indicó al momento de la generación.
Al concluir la generación del archivo el sistema nos notifica
9. PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES
Una vez concluido con el proceso de envío de declaraciones ahora sólo queda proceder con su presentación, en nuestro caso por Internet mediante el Sistema SUNAT Operaciones en Línea (SOL), por lo que una vez ingresado a dicho sistema nos dirigimos al Menú “Mis declaraciones y pagos” y Seleccionamos la opción “PDT 601 Planillas Electrónicas”.
Luego seleccionamos el archivo generado en el punto 8.4, haciendo clic en el botón “Seleccionar Archivo”
Al hacer clic sobre el botón “Enviar” se nos presenta la siguiente pantalla
Y para presentar y pagar le damos clic en el botón “Confirmar”.
Tengo un problema con la importación de datos al plame, me sale error en el codigo 0605, tengo que ingresar necesariamete el importe en esta casilla aunque sea 0, tengo mas de 200 trabajadores, no se pueden importar los Tributos
ResponderBorrarEstimado Robert:
ResponderBorrarLamentablemente este PDT a la fecha sigue causando mucha incomodidad en cuanto a a sus reportes, importaciones masivas, entre otras, por lo que sugiero continúes trabajando con la versión 1.9 del PDT 601 y esperar que SUNAT (Desarrolladores) busque una solución para su implementación obligatoria a partir de 04/2012, por lo pronto sólo nos queda esperar.
Saludos.
La sunat nunca explica la parte de la importacion de archivos que es en realidad lo que intereza los expositores no saben explicar estas cosas, seria bueno que explique mejor estos detalles.
ResponderBorrarEfectivamente estimado amigo, estoy en eso, pronto estaré publicando el tema de importaciones, sólo estoy a la espera que se solucionen algunos problemas relacionados al tema, gracias por la espera.
ResponderBorrarSaludos. Probando con la importacion , y dandole los formatos que exige el PLAME aun me muestra errores, ejemplo en la importacion de las remuneraciones que no cambio nada con rescpecto a la planilla electronica pero no me acepta la importacion,agradecia que problemas comunes se encuantren y mencionarlo otro error que sigo dando vuelva es cuando me sale el mensaje El trabajador no esta registrado en la BD a pesar que esta sincronizado con el T-Registro. Atte Cesar
ResponderBorrarA quienes ya esten usando el PLAME quisiera preguntarles si las estructuras de archivos de importacion para detalle de remuneracion, para jornada laboral por trabajador y para establecimientos por trabajador cambió o se mantuvo igual que la plla electronica 1.9. Si cambió, donde veo esas estructuras, no quisiera hacer el cambio y luego tener que modificar sobre la hora, gracias.
ResponderBorrarHOLA A TODOS. TENGO UNA PREGUNTA E INSTALADO EL PROGRAMA PLAME Y ME SALE SIN CONEXION A INTERNET QUE PUEDO HACER?. GRACIAS
ResponderBorrarA la fecha estimado no nos muestras el tema de la importacion en el PLAME te agradeceria mucho el que nos apoyes con tus conocimientos. saludos Luis
ResponderBorrarEstimado Luis:
BorrarEste tiempo me he dedicado a elaborar videos exclusivamente para el curso que estoy dictando en www.clasecontable.com, si tienes prisa te invito a que puedas participar en el mismo, en caso contrario espero comprendas y tengas paciencia para su difución al público.
Atte.
Buenas tardes, amigos. Primero que todo, felicitaciones por esta página, muy buena. Una consulta, si tengo un trabajador que lo liquido a fin de mes, y teniendo en cuenta que al trabajador se le da de baja en el T-REGISTRO al día siguiente de extinguirse el vínculo laboral; entonces, si el trabajador para cuando yo declare, no estará en el T-REGISTRO, por tanto, tampoco en el PLAME. Cómo lo declararía en el PLAME si supuestamente uno declara un periodo en el mes siguiente?
ResponderBorrarEn vista que vas a dar de baja al trabajador a fines de marzo, para el T-Registro no es precindible que lo hagas en marzo o en abril, en vista que señalaras como fecha de cese el 31/03, lo que significa que para cuando presentes el mes e marzo en abril, dicho trabajador no figurará en el PLAME, ya que sincronizarás los datos del T-Registro a la fecha de presentación.
BorrarSaludos
Para PLAME están activos los activos y los cesados del mes a declarar.
BorrarSlds
Tienes que actualizar el T-Registro
BorrarHola Miguel, por favor podrias ayudarme! yo recien voy a empezar a usar el plame,la empresa donde laboro no tiene trabajadores dependientes solo emiten honorarios cuando realizan trabajos,entonces lo primero que se debe hacer es llenar en el T-REGISTRO los datos de trabajadores independientes.
ResponderBorrarHola:
BorrarEn vista que la empresa sólo cuenta con trabajadores "independientes" (recibos por honorarios), sólo tienes que elaborar el PLAME e ingresarlos uno por uno.
Saludos
Buenas tardes, mi pregunta es la siguiente, en el caso que tengamos a trabajadores en condicion de suspencion perfecta, en cual de los items debo de ingresar en el plame para llenar esta misma informacion al mes que se declara.
ResponderBorrarAgradesco la respuesta que me pueda dar.
como registro la tasa del SCTR 1.55 % en el plame. gracias
ResponderBorrarGRACIAS , ME FUI MUY UTIL UTILIZAR ESTE DEMO
ResponderBorrarGracias a ti, se vale compartir la información
Borrarme parece ua manera muy practica y interesante como nos explican sobre el pdt 601 plame yo q aabo de verlo lo entendi muy facil estoy muy agradecida espero q muchasm as personas puedan ver este archivo gracias .
ResponderBorrarHola Sandra, gracias a ti por tu valioso comentario, no olvides compartir la información...
BorrarYo termine de hacer mi aplicacion para carga masiva en el PLAME, para la Version 2.1, lo probe con anticipación y todo estaba OK, figuraban las aportaciones, descuentos, dias laborados, etc, listo para ser declarado. Luego Descargue la nueva version 2.1 Release (3) publicada el 27 de Abril, al realizar mi carga masiva todo sale con errores, es más en la pantalla donde sale la relación de empleados SI MUESTRA sus dias laborados, ingresos, descuentos, aportes, neto a pagar pero en el estado me sale una "X", al ver el detalle, todos las fichas que indico (jornada, ingresos, descts, tributos y aportaciones) salen VACIO, no muestra siquiera el nombre del concepto ni el monto.
ResponderBorrarAlguien sabe el porque, me comunique con la SUNAT para reportar el inconveniente pero no he tenido respuesta alguna. ¿Qué podria estar pasando si en la version anterior genera correctamente, listo para declarar y con esta version NO...?
Gracias...
una consulta.
ResponderBorrares la primera vez que voy a utilizar el plame para declarar(cuenta con 98 trabajadores),cuando voy a la opcion
1 guardar archivo(declaraciones registradas)
2 Operaciones en linea
3 guardar archivo
4-SALE UNA PANTALLA INDICANDO EMPAQUETANDO ARCHIVO FINAL-LLEVA APROX 30 MINUT-ES NORMAL EL TIEMPO?
Tuve el mismo problema, busque soluciones y no halle ninguna, solo me quedo eliminar la declaración y volver a generarla, hice el proceso de envío y problema solucionado.
BorrarSaludos quisiera saber como hago si a un trabajador le di de baja en marzo y ya estoy declarando abril pero el trabajador no aparece en el plame ya que esta como baja
ResponderBorrarPLAME si considera los cesados del periodo a declarar.
BorrarSolo aparecerán en el PLAME aquellos trabajadores quienes sigan con la condición de activos o que hayan sido dado de baja en el mes que se esta presentando, éstos últimos deberán ser declarados con la información que contaban hasta el día de cese con conceptos por pago de beneficios truncos por ejemplo de corresponder. Saludos
Borrarbuenos dias baje programa air y luego el instalador del plame per al momento de ingresar sin clave sol no me sale el usuario administradory no me permite entrar
ResponderBorrarAsegúrate que sea la última versión del PDT PLAME, porque al seleccionar la opción sin RUC y luego de ingresar el número tiene que mostrarse por defecto el ususario ADMINIST y la clave es el mismo nombre, en caso no se solucione comunícate con SUNAT.
BorrarSaludos
gracias por el tutorial pero yo tengo un problem envie por internet el plame y no puse pago 0 hbra algun problema si lo vuelvo a enviar ya que aun no lo he pagado.
ResponderBorrarUna vez enviado solo queda pagar, por otro lado si pusiste un importe el sistema te debe solicitar el pago a través de los bancos autorizados o generar la guia de pagos virtual. Saludos
BorrarEstimado Miguel, kisiera saber como hacer si di de baja aun trabajador en el T-REGISTRO y asi lo ha jalado el PLAME como modifico los datos del trabajador k esta de baja y kiero k aparezca en ese periodo como ALTA.
ResponderBorrarHola, ve al T-Registro y crea un nuevo periodo laboral, luego cambias el estado del trabajador y listo. Saludos
BorrarAdemas me podras decir si declaro en el PLAME desde el periodo de 06-2012 O DECLARO EN AGOSTO EL PERIODO DE 07-2012? estoy confundida
ResponderBorrarDepende en que periodo tenias trabajadores activos, según la fecha de inicio del contrato, de no tener trabajadores activos en algun periodo simplemente no se presenta el Plame, sin embargo tienes que dar de baja los tributos relacionados con la planilla. Saludos
Borrartengo un CITT,al ingresarlo en el PLAME solo me pedi el total de dias subsidiado, mas no el Nºde CITT, estoy en lo correcto? y al momento de solicitar a ESSALUD la devolucion no habra problema alguno, el CITT es por mas de 20dias
ResponderBorrarEfectivamente, solo tienes que consignar el número de días subsidiados, lógicamente que essalud repondra el exceso de los primero veinte días. Saludos
BorrarBuenas tardes, yo tengo el problema de que en el regimen pensionario no ingrese un periodo y el T-REGISTRO lo acepto,encima ingrese otros periodos y ahora no puedo ingresar a regimen pensionario por nada, para poder modificar este error o para ingresar otro periodo que puedo hacer? sale un mensaje que dice "ocurrio un error al intentar cargar la pantalla de detalle"
ResponderBorraruna pregunta si e tenido 4 trabajadores y e dado de baja a 1 trabajador en el t -registro por que al realizar la actualizacion en el plame el trabajador aparece ???como ago para eliminarlo en el plame???
ResponderBorrarTienes que verificar que el trabajador no este activo ni un día durante el periodo que vas a presentar, de lo contrario solo desaparecera para el siguiente periodo. Saludos
Borraruna pregunta por error restaure una copia de seguridad y borre la que estaba bien con todos los meses hay manera de recuperarlo ya que kiero recuperar la q borre, porfavor respondame
ResponderBorrarHola, lamentablemente al restaurar la copia de seguridad, ésta reemplaza por completo a la original, lo que significa que no puedes restaurar la misma, siempre que consigas alguna copia de seguridad (si la ejecutaron y guardaron antes de la pérdida).
BorrarBuenos días Sr Gonzalez, muchas gracias por su post porque me ha aclarado muchas dudas respecto al llenado de la planilla. Pero tengo un problema, cuando genero el archivo de envio se demora mucho tiempo y me aparece el mensaje de "Hallando Clave del archivo". LO he tenido abierto por horas y no genera nada, no me parece normal que demore tanto o tal vez estoy equivocada?
ResponderBorrarHola Alejandra, imagino que a la fecha ya superaste ese problema, sin embargo para los futuros asegúrate tener instalados las versiones más recientes tanto del plame como del adobe air runtime. Saludos
Borrarpregunta: al llenar la PLAME luego de ingresar los datos del empleador para elaborar una nueva declaración me bota inconsistencia del trabajo: Tiene días laborados, debe registrar importe de ingresos afectos a EsSalud para el "empleado" por favor ayudame a solucionarlo
ResponderBorrargracias.
Tienes que modificar en MANTENIMIENTOS DE DATOS los INGRESOS y activar aquel que vaya de acorde con el de tu trabajador.
BorrarPor ejemplo: Yo no podía grabar la información de un trabajador que era el conductor de la microempresa y me salía la misma inconsistencia. Y era porque solo tenía activado en INGRESOS el código 0121 Remuneración o jornal básico, por lo que tuve que activar el código 0127 Ingreso del conductor de la microempresa - seguro regular.
Espero haberte ayudado.
Gracias.
Quiero ingresar al plame y me sale que no es cuenta valida, por favor su apoyo
ResponderBorrarVerifica el ruc o la clave que ingresaste, prueba ingresar a SOL, si el problema persiste comunícate con sunat. Saludos
BorrarCuando se implemento el plame yo no sabia como declararlo, llame a sunat y me dijo que en delcaraciones registradas le diera enviar, y ya estaba, le dije no debo hacer nada mas, me dijo que no, tengo mas de 30 clientes y hago lo mismo con todos desde el año pasado, ahora me percato de que nunca he presentado ninguna declaración, quien va a asumir las millonarias multas? la chica que me contesto? A mi no me alcanzaría la vida para pagar todo eso.
ResponderBorrarLamentablemente en este caso la única responsabilidad es tuya, en vista que teniendo la responsabilidad de llevar 30 contabilidades no invertiste a cambio en cursos de actualización al respecto o en la suscripción a alguna revista especializada, de haberlo hecho a tiempo ahora estarías trabajando sin problema alguno. Saludos
BorrarMuchas gracia, me sirvio de mucha ayuda.
ResponderBorrarGracias a ti, si te sirvió no olvides compartir...
BorrarSi se que es mi culpa, pero entre el trabajo de 7.30am a 6.30pm, estudio un MBA de 7.30-11 pm, mis dos hijos,llego a hacer las tareas mochilas, me acuesto 2 - 3 am, me levanto 4.30 para preparar loncheras y almuerzos, sabados talleres de los niños, domingos lavar y planchar....lo unico que pude hacer es llamar a la SUNAT, confiando de que me darian una buena informacion. Esa si es mi culpa confiarme de la SUNAT.
ResponderBorrarBueno Mavi, que te queda, nada más asumir las consecuencias, pero como sugerencia, si te sientes presionada busca ayuda y delega responsabilidades, al menos hasta que termines el MBA y que tus hijos se valgan por sí mismos, no de desanimes. Saludos
BorrarHola Miguel, mi consulta es que tengo trabajadores con los que yo estado declarando el Seguro complementario de Trabajo de Riesgo, y cuando utilizo la PLAME me sale que estos trabajadores no tienen este seguro y no hay ninguna opción para poder cambiar, espero y me puedas ayudar con este proble, ya que el mes de setiembre declaré asi y no quiero volver a presentar para este mes de Octubre.
ResponderBorrarHola Shafira, perdon por la demora, verás dicha opción la puedes habilitar por el T-Registro, habilitando dicho seguro sólo en aquellos trabajadores por los que la empresa aporte. Saludos
Borrarbuenas una pregunta cuando estoy haciendo el T-Registro y quiero activar el SCTR de un trabajador obrero me sale: Debe seleccionar en NO el indicador de Aporte al SCTR. porque? si se supone que debe activarse pero no me lo acepta AYUDEME PORFAS
ResponderBorrarDe cuanto es la multa por presentarlo fuera de plazo (el plame)
ResponderBorrarAl no presentar el PDT PLAME dentro de los plazos establecidos se configura la infracción prescrita en el numeral 1 del Art. 176º del Código Tributario, la misma que es sancionada con multa de acuerdo a las siguientes tablas:
Borrar- Tabla I: 1 UIT
- Tabla II: 50% de la UIT
- Tabla III: 0.6% de los I
Todos los casos pueden acogerse al Régimen de Gradualidad subsanando la infracción voluntariamente antes de cualquier notificación de sunat del 90% con pago y 80% sin pago. Saludos
HOLA. ESPERO PUEDAS AYUDARME TENGO LA VERSION PLAME 2.3.7 LA ULTIMA ACTUALIZADA EL 18/12/2012. OCURRE QUE EN UTILITARIOS MANTENIMIENTO DE PERIODOS ME SALE LA FECHA DE 11/2011, 12/2011 PERO NO ME SALE LOS PERIODOS DE 01/2012 A 12/2012, PERO SI DE 01/2013 A 12/2013 QUIERO MODIFICAR O INGRESAR EL PERIODO 12/2012 Y NO SE PUEDE TENGO TRABAJADORES REGISTRADOS EN EL T-REGISTRO CON FECHA DE INGRESO 01/12/2012, COMO HAGO PARA INGRESAR ESOS PERIOOSO EN EL PLAME, OJO LOS INGRESE BIEN EN EL T-REGISTRO NO SE QUE PORQUERIA HACE LA SUNAT. LO INSTALE VARIAS VECES PERO NO SE PUEDE ESPERO ME AYUDES . GRACIAS
ResponderBorrarHOLA TENGO UN PROBLEMA PARA INGRESAR UN TRABAJADOR EN EL T-REGISTRO, TE EXPLICO AL INGRESAR LOS DATOS DE NUEVO TRABAJADOR INGRESO EL DNI Y LA FECHA DE NACIMIENTO VALIDA LA INFORMACION; PERO EL PROBLEMA SURGE AL MOMENTO DE INGRESAR LA CATEGORIA APARECEN TRES PESTAÑAS: RESUMEN DE PRESTADORES,TRABAJADOR Y PERSONAL EN FORMACION LABORAL, HAGO CLICK EN TRABAJDOR Y ME SALE los siguiente:
ResponderBorrarLa aplicación ha retornado al siguiente mesaje:
Acción a realizar:
Anterior
COMO PROCEDO ANTE ESTA SITUACION.
GARCIAS POR LA RESPUESTA
A la fecha aún se siguen presentando problemas con el PLAME y T-Registro, lo sugerible es consultar el caso con sunat (area consultas informáticas), puesto que no lo había antes. Saludos
BorrarComo pago o como pagan al SCTR! saquenme la duda u orientenme por favor
ResponderBorrarmiguel como hago para incorporar los archivos de jor y rem por fa ayuda
ResponderBorrarHola dicho concepto se encuentra dentro del Menú "Ingresos", la misma que esta ubicada en la opción Mantenimiento de Conceptos. Saludos
BorrarEstimado sres:
ResponderBorrarPor primera vez voy a declarar en mi maquina, tengo problemas en el PLAME, selecciono en el ITEM Sincronizar datos con T-Registro/ Clave sol y me sale una ventana prestadores para el periodo, en esta condicion no podrá elaborar uana declaracion, Verifique la información del T-REGISTRO y ya actualice T-REGISTRO.
Espero su apoyo
Gracias
El PDT PLAME sincroniza datos directamente desde el T-Registro, en ese sentido, primero se tiene que dar de alta a los trabajadores por este último y luego asegurarse que se encuentren activos en el periodo que se piensa declarar el PLAME. Saludos
BorrarCOMO DECLARARIA LAS VACAIONES DE UN TRABALJADOR DE UNA MYPE EN EL PLAME
ResponderBorrarRevisa el siguiente enlace: ¿Cómo se registra las vacaciones en el PDT PLAME?
BorrarDOC SI NO DECLARE EL PLAME EN MARZO DEL 2013 CUANTO ES LA MULTA PARA EL REGIEN ESPECIAL Y QUE PASARIA SI PAGO LA MULTA PERO POR UN IMPORTE MENOR CUANTO TIEMPO PASARIA HASTA QUE SUNAT SE DE CUENTA CONSIDERANDO QUE SOLO SE TIENE UM TRAABAAJDOR Y ES UNA EMPRESA PEQUEÑA
ResponderBorrarDe acuerdo al numeral 1 del Art. 176º del Código Tributario, la no presentación de la declaración jurada esta sancionada con una multa del 50% de la UIT (Tabla II).
ResponderBorrarLa subsanación voluntaria con pago de la misma se acoge a una rebaja de hasta el 90% y sin pago el 80% (Anexo II del Régimen de Gradualidad).
Por lo expuesto, si cumples con subsanar la infracción antes de cualquier comunicación por parte de sunat puedes gozar de una rebaja del 80% (sin pago), en caso contrario la empresa corre el riesgo potencial de pagar la multa en un 100%. Saludos
Si en el mes de octubre de 2012 liquidé a los 2 trabajadores únicos que tenia, y el PLAME requiere de al menos un trabajador para poder efectuar la declaración... entonces no la hice, pero SUNAT me ha cursado una notificación de multa por la omisión a la declaración, cómo la puedo hacer?... he intentado y en PLAME me arroja luego de sincronizar, que debo tener información de trabajadores, lo cual no tengo y sin eso no se puede declarar.
ResponderBorrarEfectivamente, para presentar el PDT PLAME al menos se requiere de un trabajador activo en el T-Registro, si no se tiene ningún trabajador activo se tiene que dar de baja aquellos tributos relacionados a planillas, tales como Essalud, ONP, Renta de Quinta, entre otros.
BorrarEn el caso materia de consulta se tiene que dar de baja de forma retroactiva en las oficinas de sunat con el formulario 2135, a la fecha que corresponda la baja del último trabajador, adjuntando de ser el caso la constancia impresa de baja que genera el T-Registro.
Saludos
buenos tardes... alguien me prodria ayudarr... .. tengo un problema con el plame con el 0607 ¡?¡? al llenar me sale errorr.. :(
ResponderBorrarsaludos
att. jessy
hola miguel ,buena tu pagina saludos desde pucallpa
ResponderBorrarMuchas gracias Roy saludos para Pucallpa con mucho cariño
BorrarMiguel, una consulta : Hice una declaracion via PLAME correspondiente al MES DE JUNIO, hice mi declaración y lo presente, pero me olvide de ingresar los recibos de honorarios. Hice mi rectificatoria al respecto, pero al digitar sin darme cuenta por un recibo de honorarios en vez de poner 310.00 la maquina no cogio el punto y lo puso como 31000 cosa que no es la cantidad. Como debo subsansar este incoveniente, ya que no he modificado para nada el tributo a pagar por ESSALUD Y ONP y lo he cancelado. Si hago una nueva rectificatoria tengo multa al respecto? a pesar que no voy a modificar para nada el tributo calculado, solo tendria que rectificar el recibo de honorarios errado. Si hay multa? a cuanto ascenderia. Agradezco tu respuesta
ResponderBorrarHola Jesús, en vista que vas a presentar una segunda rectificatoria, para que se compute la multa tiene que rectificarse por segunda vez el mismo periodo y el mismo tributo, como en tu caso no se generó nunca el impuesto a la renta de cuarta categoría y solo estan rectificando dos veces el mismo periodo, no vas a pagar multa alguna. Saludos.
BorrarEstimado Buenas Dias, la presente es para saludarlo y felicitarlo por la molestia que te diste para poder apoyar a las personas que están aprendiendo a declarar el PLAME, mi consulta es la siguiente yo entre a trabajar a una empresa ahora en junio pero empeze a declarar en mi máquina desde mayo, lo que sucede es que quiero copiar esas declaraciones anteriores y subirlas en el PLAME que ahora estoy trabajando. Tu sabes si hay alguna posibilidad de de copiarlas y subirlas??
ResponderBorrarSaludos
Jason Zelada
Hola Jason, si te refieres a generar y restaurar un backup (copia de seguridad) sólo tienes que ubicarte en el Menú "Utilitarios" y hacer clic en el comando "Generar Copia de Seguridad", luego en la máquina en la que deseas recuperar el Backup haces lo mismo, sólo que esta vez ingresas al comando "Restaurar Copia de Seguridad". Saludos
BorrarBuenas Noches Miguel Angel, tengo una consulta espero puedas ayudarme, de antemano te doy las gracias por la respuesta: Cuanto tiempo demora descargar el Formato TR5 del T Registro.
ResponderBorrarLa descarga de los anexos son inmediatas en formato .xlsx. Saludos.
BorrarMiguel, una consulta tuvimos que formatear la computadora por mantenimiento y no nos dimos cuenta que PLAME tenia su carpeta propia con los datos de los clientes que llevamos la contabilidad, se guardo una copia de la base de datos del PDT menos del PLAME, puedo recuperar de alguna forma ese histórico porque es necesario tenerlo. Saludos y gracias por la respuesta.
ResponderBorrarHola Gustavo, tal como sucede con el PDT, si el usuario no genera copias de seguridad la pérdida de información es casi segura en casos como el que citas, por eso es sugerible guardar la información periodicamente en medios portables y/o extraíbles para su resguardo. Saludos.
BorrarHola miguel tengo una consulta el dia 31 de julio di de baja a un trabajador el cual termino su contrato dicho dia pero en la declaracion de este mes de agosto aparece en el PLAME,en julio aparece con 62 dias laborados lo cual supongo que 31 son para julio y 31 para agosto o como haria para darle de baja del PLAME espero tu respuesta gracias..
ResponderBorrarMiuller
Hola Miuller, no olvides que para dar de baja a un trabajador tienes que ingresar la fecha de cese a través del T-Registro, en vista que el trabajador laboró hasta julio, es lógico que aparezca para el mes de agosto como activo para su respectiva declaración. Saludos.
Borrarmiguel, soy persona natural inscrita en el rus y el 20 de agosto me inscribi en la mype como trabajador y conductor de mi empresa,dime si estoy obligado a presentar el pdt plame y si lo puedo hacer ahora y si tendria que pagar alguna multa por no realizar en la fecha que me inscribi... te lo agradecere mucho
ResponderBorrarEn vista que oficialmente ingresaste a tu planilla el 20 de agosto, te corresponde presentar el PLAME en el mes de septiembre, por lo que aun estas dentro del plazo. Saludos.
BorrarBuenos dias, Miguel.
ResponderBorrarDescargue el adobe air e instale el PLAME, La empresa en la cual trabajo tiene clave sol, y sin embargo la aplicacion no corre; ingreso los datos pero ahi se queda, A que crees que se deba?
He intentado llamar a la sede de la SUNAT, pero los telefnos estan siempre ocupados...
Saludos y ojala puedas solucionar mi problema
Prueba con actualizar la última versión del Plame instalado en tu equipo, y eliminar los datos de navegación, si el problema persiste consulta solicita soporte a sunat. Saludos.
Borrarbuenas tardes Miguel estoy declarando plame de setiembre me olvide dar de baja a un trabajador que ceso el 31 de agosto, le doy de baja ahora en octubre con fecha de cese mencionada luego sincronizo con el t registro y aparece en el plame a declarar de setiembre. cual sería la solución?
ResponderBorrarTienes que rectificar el Plame del mes de agosto, una vez realizado copia la base para septiembre y dejará de aparecer. Saludos
Borrarhola miguel como puedo descargar el formato TR5
ResponderBorrarquisiera saber como puedo hacer para recuperar los detalles de la declaracion de 4Ta. que se hizo 4 meses anteriores ,
ResponderBorrartengo ese problema pues mi computadora fue formateada ase 15 dias.
donde puedo encontrar.gracias por su respuesta.
Si luego de formatear la PC recuperaron el disco donde se ubicaba la carpeta del Plame y en esta se hallaban los reportes generados en excel si, en caso se halla perdido dicha información es imposible. Saludos.
Borrarconsulta urgente hoy fui a pagar el pdt 601 planilla electronica se supone que era diciembre 2013 y vencia hoy pero cuando me aproxime a la ventanilla pague y me cobraron menos de lo que se supone debia pagar....... eso me di cuenta mucho despues y seguidamente me fije en el pago dice periodo 10/2013 me podrian explicar que paso?
ResponderBorrarSi pagaste con usb el error fue al generar el archivo de envío, pero si el error fue cometido con formulario 1662 (guía para pagos varios) sugiero vuelvas al banco para extornar la operación y pagar el importe y periodo correctos. Saludos
Borrarhola, este mes tengo recibos por honorarios para declarar mes de diciembre, pero sucede que tambien tengo recibos de meses anteriores al momento de registrarle en el plame que fecha le podria poner si la fecha de emision es de un mes distinto al del periodo ( diciembre)
ResponderBorrarSi no registraste recibos por honorarios en el Plame a tiempo y éstos no están sujetos a retención de cuarta categoría puedes presentarlos en el mes al que corresponden rectificando las declaraciones correspondientes puesto que no es posible que los presentes en el mes de diciembre. Saludos
Borrarsolo seria cuestion de registrar esos recibos x honorarios en el mes que corresponden, ya no seria necesario presentar a sunat imagino?
ResponderBorrarTienes que volver a presentarlos como una rectificatoria, la misma que no generará sanciones en caso no halla retención de cuarta categoría en aquellos recibos por honorarios no presentados en su oportunidad. Saludos.
BorrarHola una Consulta tenia que presentar mi Plame el 09-01-2014 , y por descuido me olvide, y lo vay a pagar el 16-01-2014, hay multa por declarar unos días después, estando en el mes que he tenido que declara, agradecería de antemano tu repuesta gracias
ResponderBorrarHola, quisiera saber, no pude presentar el 09-01-2014 mi plame de 12-2013, lo voy hacer el día 16-01-2014, calculando el intereses respectivo por los días transcurrido, mi pregunta es hay que pagar multa, por lo que todavía estoy en el mes que tenia que declarar, de antemano gracias si me puedes aclarar este punto.
ResponderBorrarSi el número de RUC termina en 8 (vencimiento el día 09.01.14 según cronograma de obligaciones tributarias) se configuró la infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 176º del Código Tributario la misma que está sancionada con 1 UIT (S/. 3,750). Sin embargo si cumples con subsanar la infracción voluntariamente puedes acceder a una rebaja de hasta el 90%, quedando la multa reducida hasta S/. 375 la misma que podrás pagar con intereses antes de que sea detectada por sunat. Saludos
BorrarHola, una consulta tenia que presentar mi planilla plame el 09-01-2014 - del periodo 12-2013 y por descuido lo voy hacer el 16-01-2014, la planilla esta con las tasa moratoria de interés diaria la pregunta es hay que pagar multa, por lo que estoy dentro del mes a presentar.
ResponderBorrarde antemano te agradecería tu repuesta
Hola quisiera saber si puedo presentar mi plame (solo recibos x honorarios por declarar) de los meses de enero y febrero 2013. Y cual seria la multa. Gracias por la antencion prestada.
ResponderBorrarhola m podrias decir como hago para descargar el TR5
ResponderBorrarHola quería consultar como registro el periodo de vacaciones dentro del mes de Enero si solo tomo 10 días, en el anterior formato había donde poner pero en este no encuentro gracias.
ResponderBorrarBuenas noches
ResponderBorrarsoy persona natural en el regimen especial del impuesto a la renta (no mype no inscrito al regimen especial laboral) y quiero contratar a mi padre,seria la primera vez que voy a contratar a alguien, él es aportante del snp ,tengo las siguientes consultas:
1. estoy obligada a llevar planilla electronica
2.si el contrato que suscriba con esta persona es escrito no es necesario presentarlo en el mtpe
3.debo de inscribirme como entidad empleadora
AYUDA URGENTE POR FAVOR
Hola, una consulta por error presentè mi plame 01-2014 en el banco en la fecha de vencimiento del periodo 02-2014 debiendo haber presentado 02-2014. Quiero saber si hay alguna forma de modificar el periodo o como puedo solucionar esta grave confusiòn.
ResponderBorrarsi ya di de baja al unico trabajador de la empresa, pero no doy de baja los tributos de essalud, rta de 5ta categ y sensico hay multa por favor responder porq mañana vence en el cronograma o sino tramites debo hacer la fecha de baja fue 28 de febrero del 2014
ResponderBorrarsi ya le di de baja al unico trabajdor de la empresa, pero no he daddo de baja los tributos de essalud, rta de quinta y sensico, hay multa por ello porfavor responder porq la vecha de vencimiento en el cronograma es mañana, la fecha de baja la di el 28 de febrero del 2014, para no declarar este mes.
ResponderBorraruna consulta he declarado mi planilla periodo marzo 2014 lo declare en cero, pero aun no se vence mi fecha de pago el cliente pago en el banco con codigos de tributo tendra multa el cliente por haberlo declarado en cero y haberlo pagado con codigos de tributo y no con lo que es normal no como ustedes saben de llevar el archivo al banco y pagarlo .
ResponderBorrarojala tenga pronta respuesta a mi consulta
Buenas tardes,
ResponderBorrarUna consulta, tengo tres trabajadores que están laborando en mina y por los cuales adquirí un SCTR, la Salud (EPS) S/. 118 (Inc. IGV) y la Pensión S/ 123.90 (Inc. IGV), las preguntas son:
1. Como hago la distribución de estos monto en la boleta de pago (PLAME)? o Qué porcentaje?
2. Se incluye el total (Valor de venta + IGV) o solo el Valor de venta de cada factura?
Saludos,
Atte,
Santos.
hola una consulta me olvide de colocar a un trabajador la gratificacion de diciembre en el plame, dime tengo q rectificar?? o lo puedo colocar en otro mes?? o cuanto saldra la multa?
ResponderBorrarHola Vanesa, en primer lugar tienes que presentar la rectificatoria del mes de diciembre incluyendo la gratificación del trabajador, la cual no esta afecta al aporte de salud ni al descuento pensionario, sin embargo esta sujeto a renta de quinta categoría, de ser ese el caso y de generarse una omisión de retención y/o pago de este último se genera infracción tributaria sancionada con multa ascendente al 50% del tributo omitido, en caso no este afecto a quinta no existe infracción ni tampoco multa. Saludos
Borrartengo un problema similar, pero en este caso anteriormente no habian registrado los descansos medicos. Se rectifico la declaracion ingresando los descansos respectivos de cada trabajador. Al concluir quiero guardar la declaracion y no permite guardar, me sale mensaje que presenta inconsistencias. ¿Como soluciono este problema? Gracias
BorrarHola antes de grabar tienes que validar la declaración, el sistema te indicará el motivo que está generando las inconsistencias. Saludos
BorrarEspero me ayuden en esta falla. Al generar el archivo de envio en PLAME me sale un mensaje de error y se cuelga el PLAME con una ventana "Hallando clave del archivo 17/17"
ResponderBorrarYa no se cuelga cuando se ejecuta el PLAME en modo de administrador
Borrarhola miguel, quería hacerte unas consultas;
ResponderBorraren la empresa que trabajo
el empleador es nuevo y sus trabajadores no esta ninguno inscrito en planilla solo sustentan su gasto con R/H como hago para declarar declaro en la PLAME o solo regidtro en el libro diario.
Sía a la fecha 31/03/2014 le doy de baja a un trabajador , se supone que en el mes de marzo se declara lo de febrero, como le dí de baja el 31/03/2014; lo de marzo se declara en abril entonces para el mes de abril estaría obligado a declarar aún de ese trabajador que le dí de baja en la fecha 31/03/2014.
gracias!!!
HOLA, SI SE TIENE QUE DECLARAR. YA QUE PERTENECE AL PERIODO DE MARZO.
BorrarSALUDOS
Quisiera saber si se pueden unir 2 archivos de backup. Esta pregunta nace a raíz de que ahora que tengo una nueva PC y ya tengo generadas nuevas declaraciones, quiero restaurar el backup de mis declaraciones de mi anterior PC y me indica que si realizo esto, las declaraciones generadas en la nueva PC se perderán.
ResponderBorrarHola Jonathan no es posible puesto que el nuevo backup reemplaza a la información de la misma empresa generada en una misma PC, lo sugerible es continuar con la elaboración del PDT de una PC a otra para no tener ese problema. Saludos
BorrarEstimado Miguel Ángel:
ResponderBorrar¿Existe un plazo para rectificar el PDT en general? ¿Existe algún plazo en específico para el caso de un trabajador y solo variar días laborados como días subsidiados?
Gracias!
Hola Jesús, puedes hacerlo cuando gustes, recuerda que si modificas la declaración hasta la fecha de vencimiento NO se le llama rectificación, sino SUSTITUCIÓN, y que si la información a modificar (como la de tu consulta) no afecta la base imponible ni los impuestos determinados en la declaración original, NO se configura ninguna infracción. Saludos.
BorrarBuenas tardes... la consulta es la siguiente:
ResponderBorraren educacion tenemos profesores nombrados y reciben una remuneracion por planillas, estos pertenecen a la ley del profesorado,
el tema es que estos profesores tambien tienen un contrato CAS (reciben sueldo como profesores y al mismo tiempo por contrato CAS)
Ej: en planillas recibem la cantidad de 1300.00 nuevos soles y por cas 2000.00... ¿cómo debo declarar este tipo de casos en el plame?
Un trabajador a gozado de vacaciones. Como lo registro en PLAME?
ResponderBorrarHOLA. ESPERO QUE ME PUEDAS AYUDAR TENGO PROBLEMAS. OCURRE QUE NO ME SALE CORRESPONDIENTE 09/2015, 10/2015,11/2015 Y 12/2015 , PERO SI DE 01/2016 HASTA 02/2015 QUIERO MODIFICAR O INGRESAR DE UN EMPLEADO SOBRE SU CERTIFICADO DE INCAPACIDAD DE LOS MESES QUE FALTAN, COMO HAGO PARA INGRESAR ESOS PERIODOS EN EL PLAME, OJO LOS INGRESE BIEN EN EL T-REGISTRO NO SE QUE HA PASADO EN PLAME SUNAT. QUIERO QUE ME DE SOLUCIÓN O TRUCOS PARA RECUPERAR DE LOS MESES QUE ME FALTAN . GRACIAS
ResponderBorrarMI E-MAIL: shonqosuwa@yahoo.com.pe
Una consulta, de que forma puedo saber cuando un trabajador entro en planilla?
ResponderBorrarHola, la fecha de inicio aparece en la misma boleta de pago, si la empresa no entrega boletas (siendo una de sus obligaciones legales) entonces el trabajador puede consultarlo en essalud (acreditación a través de la pagina web) o en la administradora de pensiones a la que aporta. Saludos.
BorrarTodo perfecto con este magnifico tutorial. Pero tengo un problema, al generar el archivo de envio me sale una pantalla con el mensaje "Hallando clave del archivo 18/17",lleva rato sin moverse. Tengo instalados la última versión del Adobe Airy del Plame. ¿Cual es la solución? Gracias
ResponderBorrarA mi también me salía eso pero lo que hice fue cerrarlo mediante el administrador de tareas y volverlo a abrir pero como administrador y por fin se generó mi archivo
BorrarHola tengo el mismo problema como lo resolviste???... gracias por tu respuesta
BorrarBuenos dias, tengo una interrogante EsSalud declara improcedentes solicitudes de pago de subsidios, y no quiere aceptar las rectificaciones del PDT-PLAME por días laborados y no laborados, aduciendo que son extemporáneas amparándose en el Art. 4° del D. S. N° 020-2006-TR., que modifica el Ultimo Párrafo del Art. 36° del D.S. N° 009-97-SA, Reglamento de la Ley N° 26790"... Para evaluar el cumplimento de las declaraciones y pagos .. se consideran validos los periodos cuyas declaraciones y pagos se presenten hasta el Último día del mes de vencimiento de cada declaración incluyendo las declaraciones rectificatorias de periodos que determinen mayor obligación';
ResponderBorrarsin tomar en cuenta que las “Declaraciones Rectificatorias” son aquellas se efectúan fuera de la fecha de vencimiento de su presentación y, las que se realizan o presentan como máximo hasta la fecha de vencimiento se denominan “Declaraciones Sustitutorias”
Espero que me ayude! en el caso si el trabajador cumple su año y le corresponde sus vacaciones pero quiero dar sus pago de vacaciones adelantadas y posteriormente lo gozara..como se hace el llenado en plame en las casillas!!
ResponderBorrarHola una pregunta este mes declare 0 a la sunat pdt 621 se tiene que declarar plame si no tenido servicio en cuarta categoria
ResponderBorrarHola una pregunta este mes declare 0 a la sunat pdt 621 se tiene que declarar plame si no tenido servicio en cuarta categoria
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