1. COMPROBANTE DE PAGO:
Es el documento que acredita la transferencia de bienes, la entrega en uso o la prestación de servicios. Para ser considerado como tal debe ser impreso y emitido conforme a las normas del Reglamento de Comprobantes de Pago.
Base Legal
Artículo 1° de la Resolución de Superintendencia N° 007-99/SUNAT
2. ¿CÓMO OBTENER COMPROBANTE DE PAGO?:
En caso de Comprobantes de Pago Impresos como Facturas, Boletas de Venta, Liquidaciones de Compra, Recibo por Honorarios, Boletos de Viaje, entre otros; se solicita la impresión de éstos en cualquier imprenta autorizada, sin necesidad de acercarse a la SUNAT, ya que las imprentas están conectadas a través del Sistema Sunat Operaciones en Línea. Lo único que se requiere es firmar 2 ejemplares del formulario 816 y presentar el original y copia del documento de identidad.
3. TIPOS DE COMPROBANTE DE PAGO:
- Factura
- Boleta de Venta
- Recibo por honorarios
- Ticket o cinta emitida por máquinas registradoras
- Liquidación de compra
- Boleto de viaje
- Guía de Remisión del Transportista
- Guía de Remisión del Remitente
- Nota de Débito
- Nota de Crédito
- Documentos autorizados, entre ellos:
- Recibos emitidos por servicios públicos de telefonía y agua
- Boletos de transporte aéreo
4. BAJA DE COMPROBANTES DE PAGO:
Se deberá solicitar la baja de los comprobantes de pago cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:
- Se hayan deteriorado los comprobantes de pago.
- Haya sufrido el robo o extravío de los comprobantes de pago.
- Se cierre el establecimiento anexo (sucursal, depósito, local comercial, etc).
- Se cierre definitivamente el negocio u oficina.
- Decida acogerse al Nuevo RUS y haya estado ubicado en el Régimen General o Especial. Razón por la cual deberá dar de baja los comprobantes de pago que sustenten gasto o costo o crédito fiscal hasta el último día del mes precedente.

Es el documento que acredita la transferencia de bienes, la entrega en uso o la prestación de servicios. Para ser considerado como tal debe ser impreso y emitido conforme a las normas del Reglamento de Comprobantes de Pago.
Base Legal
Artículo 1° de la Resolución de Superintendencia N° 007-99/SUNAT
2. ¿CÓMO OBTENER COMPROBANTE DE PAGO?:
En caso de Comprobantes de Pago Impresos como Facturas, Boletas de Venta, Liquidaciones de Compra, Recibo por Honorarios, Boletos de Viaje, entre otros; se solicita la impresión de éstos en cualquier imprenta autorizada, sin necesidad de acercarse a la SUNAT, ya que las imprentas están conectadas a través del Sistema Sunat Operaciones en Línea. Lo único que se requiere es firmar 2 ejemplares del formulario 816 y presentar el original y copia del documento de identidad.
3. TIPOS DE COMPROBANTE DE PAGO:
- Factura
- Boleta de Venta
- Recibo por honorarios
- Ticket o cinta emitida por máquinas registradoras
- Liquidación de compra
- Boleto de viaje
- Guía de Remisión del Transportista
- Guía de Remisión del Remitente
- Nota de Débito
- Nota de Crédito
- Documentos autorizados, entre ellos:
- Recibos emitidos por servicios públicos de telefonía y agua
- Boletos de transporte aéreo
4. BAJA DE COMPROBANTES DE PAGO:
Se deberá solicitar la baja de los comprobantes de pago cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:
- Se hayan deteriorado los comprobantes de pago.
- Haya sufrido el robo o extravío de los comprobantes de pago.
- Se cierre el establecimiento anexo (sucursal, depósito, local comercial, etc).
- Se cierre definitivamente el negocio u oficina.
- Decida acogerse al Nuevo RUS y haya estado ubicado en el Régimen General o Especial. Razón por la cual deberá dar de baja los comprobantes de pago que sustenten gasto o costo o crédito fiscal hasta el último día del mes precedente.
DIGAME USTED PROFESOR MIGUEL CUALES SON LOS REQUISITOS Y POR QUE ES INPORTATE PARA LOS CONPROBANTES DE PAGO
ResponderBorrarHola estimada Leticia, para solicitar la autorización de comprobantes de pago el contribuyente deberá acercarse a cualquier imprenta autorizada por SUNAT para solicitar la autorización de impresión (mediante el sistema SOL), como lo expuse líneas arriba.
ResponderBorrarAhora bien, los comprobantes de pago son importantes (demás repetirlo), puesto que gracias a su emisión los contribuyentes tributan y se afectan a los impuestos que gravan la transferencia de bienes o prestación de servicios como el IGV y el Impuesto a la Renta, con estos fondos recaudador por SUNAT el Estado invierte en la creación de de colegios, hospitales, carreteras, pago al personal del estado como policias, profesores, alcaldes, congresistas y al mismísimo presidente.
Cualquier otra consulta o aclaración por favor hazlo por el foro de aula contable (www.aulacontable.peru-foro.com)
hola profesor puedes colgar en el blog el vale y el pagare por que en toda las informaciones que busque no son ejemplos como ud pide.
ResponderBorrarHola Noris:
ResponderBorrarTendré en cuenta tu requerimiento, pero sin embargo con un poco más de esfuerzo estoy seguro encontrarás ejemplos, como alguno de tus compañeros de otras secciones.
Suerte, no te rindas.
buenas noches quiero saber cual es el comprobantede pago de mayor y menor importancia y porque
ResponderBorrarEstima anónimo:
ResponderBorrarDesde mi punto de vista la importancia de los comprobantes de pago radica netamente en el sustento de la transferencia de bienes y servicios, las mismas que a su vez sirven en la misma medida para gravar impuestos administrados por SUNAT para la inversión pública.
Por otro lado esta su utilización por parte de las empresas para sustentar costo o gasto para efectos tributarios y obtener el derecho a utilizar el crédito fiscal del IGV.
En ese sentido, no creo que exista o deba existir una categorización por así llamarlo por su "importancia", puesto que todas tienen un fin común (gravar impuestos).
Sin embargo, con el fin de satisfacer o dar respuesta a tu consulta puede decir que la Factura es uno de los comprobantes que favorece a las empresas quienes trabajan con ella, puesto que como señalé líneas arriba permite deducir los gastos y dan derecho al crédito fiscal, lo que no es posible con aquellos gastos sustentados con Boletas de Venta (puesto que estas son destinadas a usuarios o consumidores finales).
Espero haberte ayudado.
Atte.,
buenas noches.
ResponderBorrarmi consulta es cual es el tiempo de validez para registrar los comprobantes de compra y RxH en el libro de registro de compras.
Por ejmplo si tengo una factura no registrada del 28/12/2009 y un RxH 12/01/2010 que estaban traspapeladas estas todavia tienen validez tributariamente y/o contablemente.
Gracias por brindarme su ayuda profesor.
Estimado Anónimo (Elio Matos):
ResponderBorrarEl problema aqui es netamente tributario (por la factura), puesto que la pregunta va referida más al IGV que al impuesto a la renta, en ese sentido, de acuerdo al artículo 2º de la Ley 29215 el comprobante puede otorgar el derecho al crédito fiscal hasta por 12 meses siguientes a la fecha de emisión o pago de este, lo que hace pensar que puedes utilizarlo, sin embargo, para efectos del impuesto a la renta, ese gasto corresponde al ejercicio 2009, de acuerdo al artículo 57º de esta Ley, para deducir costo o gasto tiene que estar registrado en el mes en que se devengó el gasto (2009).
Lo que significa que al no poder deducir ese gasto para el año 2010, tampoco puedes utilizar el IGV como crédito fiscal, en concordancia con el inciso a) del artículo 18º de la Ley del IGV.
El recibo por honorarios podrá deducir el costo o gasto para efectos tributarios (Impuesto a la Renta), siempre que cumplas con declararlo en el periodo al que corresponda utilizando el PDT 0601. (Art. 2º del D.S. Nº 018-2007-TR).
El problema para efectos contables nace para efectos del libro Caja, puesto que son gastos que fueron cancelados en su oportunidad, pero que contablemente nunca fueron registrados (lo que evidencia un escaso control administrativo y contable).
Espero haberte ayudado.
Atte.,
ResponderBorrarHola. Me parece excelente haber encontrado este blog para poder conversar sobre estos temas que se presentan cotidianos en la administración de una empresa. Tengo una consulta: Somos una empresa nueva que emitimos boletas y facturas. Tenemos una oficina en Lima, pero tambien ahora último hemos agregado una sucursal en la Libertad. La pregunta va por la numeración de la serie de las nuevas boletas y facturas q se estan mandando a hacer a la imprenta con la direccion de la sucursal. Las boletas y facturas de Lima estan con la serie 001-... como es logico, ¿Las de la sucursal deben empezar con 002-... o deben continuar la de las de Lima?
Espero me puedas ayudar con esta interrogante que tengo.
Saludos,
Atte
Wilmer Avila
Saludos,
ResponderBorrarSr Miguel Ángel González Yupanqui gracias por contestar la interrogativa que tenia.
ResponderBorrarQuisiera saber si en el caso que la factura sea del 12/01/2010 lo puedo registrar normalmente.
Y en el RxH es del 12/01/2010 quiere decir que lo tengo que declarar en el perio de enero (lo q pasa es q el servicio fue cancelado por caja chica de s/. 700).
Gracias por brindarme su ayuda profesor.
Estimado Wilmer Avila:
ResponderBorrarGracias por el comentario, con respecto a tu consulta, naturalmente para cada sucursal se tiene que utilizar una serie distinta, sin embargo debo aclarar que la numeración no siempre sigue un orden numérico, como 001, 002, 003, etc. por cada sucursal, sino esto lo determina el Sistema Sol de la Sunat.
Sólo tienes que apersonarte a cualquier imprenta autorizada para imprimir los comprobantes de pago de la otra serie (de la localidad en que se encuentra la nueva sucursal) y ellos te darán un documento como constancia de la presentación de la solicitud de impresión a la Sunat.
Espero haberte ayudado.
Saludos.
Estimado Anónimo (Elio Matos):
ResponderBorrarRespecto a tu última consulta, debo aclarar que efectivamente tienes que presentar la declaración en el PDT 601 correspondiente al mes de enero respecto al mencionado Recibo por Honorarios.
Ten en cuenta además que no se configura multa por presentar el mencionado PDT, puesto que no existe tributo omitido (salvo que la empresa no lleve planillas, agradecería que me aclares esto último).
Ahora bien, la factura puede ser declarada y puedes usar el crédito fiscal aunque sea de enero, siempre que pruebes o sustentes las razones que motivaron su declaración a destiempo.
Saludos.
ResponderBorrarUna consulta Miguel: ¿Cuándo uno tiene que cambiar la serie (por ejemplo 001-..) a otra seria (por ejemplo 002-...)?
Estimado Wilmer:
ResponderBorrarMe da gusto que siguas visitando el blog, respecto a tu consulta, no se puede cambiar de serie, sino se puede crear y eliminar nuevas series, y esto úlimo ocurre cuando (como en caso que citaste en la primera consulta) la empresa apertura nuevos locales (sucursales) o cuando se termina la correlativa numérica impresa, es decir, llegan al 9999999, y se crea otra serie, pero esto último pocamente ocurre.
Saludos.
Un comprobante de pago como la "boleta de venta" cuantas copias necesita tener. Entiendo que son dos: una se queda con el emisor y otra con el usuario. ¿Es posible requerir otra copia para otro asunto como 'control adm.'?
ResponderBorrarEfectivamente, si la empresa así lo requiere puede adjuntar otra copia, es más, ese sistema lo aplican varias empresas actualmente.
ResponderBorrarSaludos.
Buenas tardes profesor Miguel, mi nombre es Jaqueline y soy una estudiante una universitaria, me gustaría saber las partes que comprende un comprobante de pago. Gracias.
ResponderBorrarHola Jaqueline:
ResponderBorrarCada comprobante tiene sus propias características, sin embargo, si deseas enterarte de cada uno de ellos o de alguno en especial remítete al Reglamento de Comprobantes de Pago.
Saludos.
haber si alguien me puede decir : desde el punto de vista tributatio cual es el comprobante de pago de mayor importancia en la contabilidad.
ResponderBorrarAquellos comprobantes que son deducibles como costo o gasto para efectos del impuesto a la renta y por ende dan derecho al crédito fiscal de IGV, por ejemplo: Factura, Ticket (factura), Liquidación de Compra, Nota de Débito y Nota de Crédito).
BorrarSaludos
Los comprobantes que pueden ser deducibles para efectos del impuesto a la renta y por ende dan derecho al crédito fiscal del IGV son, entre otros: factura, ticket factura, liquidación de compra, nota de débito y nota de crédito.
BorrarSaludos
que pasa si sunat por medio de una persona civil pide una boleta y este se la esta generando por el consumo , cuando derrepente por demorar el de la sunat le pone una multa? que acciones de defensa puedo tomar?
ResponderBorrarBuenas Noches profesor Miguel Angel, gusto en saludarlo, mi nombre es Gustavo y soy un estudiante universitario, me gustaria saber qué requisitos debe contener un factura para que sea aceptada tributariamente como costo o gasto en una empresa.
ResponderBorrarGracias.
Saludos desde Trujillo.
Estimado Gustavo:
BorrarLos requisitos formales y sustanciales que deben cumplir las facturas y cualquier otro comprobante que pueda ser deducible para efectos del impuesto a la renta (sustento costo o gasto) debe de cumplir necesarimante con los requisitos prescritos en el artículo 8ª numeral 1 del Reglamento de Comprobantes de Pago.
Del mismo modo, para que estos comprobante puedan dar derecho al crédito fiscal del IGV, tienen que cumplir con los requisitos formales y sustanciales prescritos en los artículos 18ª y 19ª de la Ley del IGV.
Saludos
Buenos dias, queria tener informacion con respecto al siguiente caso:
ResponderBorrarEmiti un recibo de numero 000050 con un valor de 500 el mes de julio, habra algun problema si el recibo de numero 000049 lo puedo emitir en junio con un valor de 500?, ya que el recibo de numero 000050 lo tuve que prestar a una manera de caracter urgente, pero no tenia totalmente contabilizado mis recibos, gracias.
hola estimado profesor
ResponderBorrarque bueno que exista este blog, mi pregunta es, tengo una empresa nueva y me dedico a la exportacion para la cual nosotros compramos el producto en la Zona de produccion a los intermediarios y estas personas no emiten factura ni boletas por lo tanto nosotros tenemos que emitir una liquidacion de compra para sustentar nuestros gastos pero como fue nuestra primera experiencia y trajimos el lote comlpeto el 20/01/2011 a Lima y por descuido del administrador se mando a elaborar las liquidaciones el 20/02/2011 la pregunta es CON QUE FECHA LIQUIDO A LOS INTERMEDIARIOS CON LA FECHA DE COMPRA DEL 20/01/2011 Ó CON LA FECHA DE EMICION DE LA LIQUIDACION DE COMPRA QUE ES EL 20/02/2011 SABIENDO QUE MI PRIMER EMBARQUE SE FUE EL EN EL MES DE FEBRERO DEL 2011.
agradesco su atencion a la presente
buenas tardes, me gustaría saber enq ue tipo de comprobante se registra un TICKET FACTURA:
ResponderBorrar01 FACTURA o
12 TICKET O CINTA EMITIDA POR MAQUINA REGISTRADORA.
gracias
hola mi consulta es si yo alkilo mi casa como departamento y kisiera sustentar para un prestamo adicional k emitiria (podria ser mi recibo por honorario) gracias
ResponderBorrarHola, para tu caso lo que necesitas es tramitar tu ruc y afectarlo a renta de primera categoría, debiendo tributar el 5% sobre el monto del alquiler, de esa forma puedes sustentar tus ingresos provenientes de alquiler. Saludos.
Borrartengo un problema, no me dieron factura por la impresión de mis facturas, ahora sunat me pide dicha factura...tendria multa si no la presento??. a espera de una pronta respuesta.
ResponderBorrarEfectivamente, constituye infracción tributaria el no proporcionar la información o documentos requeridos por sunat en concordancia con el numeral 5 del artículo 177º del Código Tributario. Saludos
BorrarLegalize reciente unas hojas para imprimir toodo el año 2011 que me van a auditar, yo se que vamos a tener multa...me podrian decir de cuanto??
ResponderBorrarSi, por no exibir el comprobante, en toda fiscalizacion siempre SUNAT te pide exibir las facturas de la imprenta donde enviaste a imprimir tus comprobantes de pago.
BorrarDe acuerdo al numeral 5 del Art. 175º del Código Tributario el llevar libros o registros con atraso mayor al permitido esta sancionado con multa ascendente al 0.3% de los Ingresos Netos del ejercicio anterior, la misma que no podrá ser menor al 10% de la UIT y puede acogerse a una gradualidad de hasta el 90% (previo pago y poniendo al día los libros de forma voluntaria). Saludos.
BorrarUna duda, en el libro de ventas, deben aparecer los comprobantes de pago anulados? no encuentro eso en las normas.
ResponderBorrarGracias.
La norma no establece eso, establece que en tu libro de ventas tienes que tener registrados tus comprobantes de manera cronologicamente y correlativamente, ahora si hay un anulado tienes que considerarlo de no tener el comprobante entonces estarias incurriendo en una falta, ahora si es que tuvieras una fiscalizacion o verificacion de SUNAT, por no presentar ese comprobante de pago. la multa es de 0.06% de tus ingresos netos del ejercicio anterior.
BorrarBuenas tardes mi consulta es la siguiente. Nosotros tenemos un solo local y manejamos dos tipos de facturas, una con serie 001 y la otra con serie 002, la serie 001 son facturas tamaño oficio y la serie 002 facturas medio oficio, mi pregunta es si eso esta permitido, mi otra pregunta, y lo que realmente me preocupa es que tenemos guía de remisión con la serie 001 y NO con 002, es decir realizamos facturas - ventas con la serie 002 y adjuntamos la guía de remisión con la serie 001; está o no permitido; a su vez con las notad de crédito, tienen que ser la misma SERIE?. Le agradecería enormemente su respuesta. Saludos Cordiales.
ResponderBorrarHola, si las series se emiten en una misma direccion no hay ningun problema para emitir una sola serie para las guias y notas de credito. Saludos
BorrarBuenos días, una consulta recientemente tengo que hacer mi declaración de octubre y hoy es el último día, tengo la siguiente consulta, en el mes de octubre tengo un BME de Star Peru, el tema es no se cual es el número de factura que debo poner en mi registro de compra, por otro lado en el monto me sale lo siguiente:
ResponderBorrarTARIFA USD 140.00
IMPUESTOS USD 25.20PE
8.72HW
TOTAL USD 173.92
Entiendo que USD 25.20 es el IGV pero que es USD 8.72HW, en tal sentido tendriá que ponerlo exonerado de IGV o será algún FEE.
Agradesco su respuesta de antemano.
Buenos dias, mi consulta es que me han robado los sustentos(comprobante de pago)tanto de mi Ventas como de mis compras, eso ya se declararon ante la sunat, procedi en presentar la denuncia y en dar de baja los facturas de ventas en blanco,tambien presente a la sunat presentando un listado de las facturas de compras que se declararon y fueron robados,la consulta es que es necesario pedir copia de dichas facturas a mis proveedores...? saludos cordiales
ResponderBorrarSugiero que lo hagas en la medida que sea posible para que tengas al menos un respaldo ante potenciales fiscalizaciones, ya que son necesarios para probar la propiedad y legalidad de los bienes que posee tu empresa. Saludos
ResponderBorrarEn la pregunta del 28 de Dic. del 2010, comentaste que: para deducir costo o gasto tiene que estar registrado en el mes en que se devengó el gasto (2009). Es decir q si gasto y se pago en ese año pues es alli q se contabiliza,pero, ¿si los ingresos recien los tendria en el 2010 pq poner gastos en el 2009 sin ingresos? No seria conveniente de llevar ese gasto al BG del 2009 y luego en el 2010 ponerlo como gastos? saludos
ResponderBorrarLa consulta a la que haces referencia iba referida a 2 comprobantes de pago, la primera una factura registrada en otro periodo (2010) estando emitida en el año 2009 y la segunda, un caso parecido pero esta vez se trata de un recibo por honorarios, por lo que la respuesta está sustentanda con el criterio del devengado (Art. 57º de la LIR), en ese sentido tanto gastos como ingresos como gastos se registran en el periodo en que devengan sin tener en cuente si se pagaron o no. En caso tu consulta vaya referida a otro tema sugiero lo hagas saber.
Borrarhola miguel, una consulta para una institucion religiosa como se sustentan los gastos de movilidad, alimentacion, gastos de caja chica que no tienen sustento o comprobante? para tener en orden la informacion y sustentada toda ella, es para una entidad sin fines de lucro que estoy llevando la tesoreria espero tu respuesta
ResponderBorrarHola Marjorie, para controlar los desembolsos de caja chica sugiero que solicites la impresion de comprobantes internos como recibo de ingreso y egreso de caja con sus respectivas copias. Sin embargo no olvides que esos comprobantes no dan beneficios tributarios como los Comprobantes de Pago. Saludos
BorrarHola Miguel te comento que he alquilado mi casa y me están pidiendo comprobante de pago y es la primera vez que me piden entonces no se que tipo de comprobante debo sacar y no se como hacer con eso. gracias por la ayuda.
ResponderBorrarHola, tienes que acercarte a la sunat y tramitar tu ruc con los formularios que ellos mismos te ayudaran a llenar, luego solicitas que te indiquen como llenar el recibo de arrendamiento mensualmente con el cual podras pagar el impuesto a la renta en bancos autorizados (5% del alquiler).
BorrarSaludos
profesor miguel buenos dias me puede decir que comprobantrs de pago se pueden anular, modificar o corregidos con la nota de credito.
ResponderBorrarespero su RPTA. gracias.
Tu lo has dicho, la nota de credito puede anular, modificar o corregir comprobantes de pago, es decir facturas, recibos por honorarios, boletas de venta, tickets y liquidaciones de compra. Saludos
BorrarBuenos dias profesor miguel... porque las boletas estan incluidas??... si no tiene credito fiscal?... ademas una boleta es mas simple de anular y hacer otra.
BorrarSi bien el uso de Notas de Crédito para boletas de venta no es tan usual, suele ser necesario para aquellas operaciones con consumidores finales quienes suelen regresar después de un tiempo a devolver el producto o canjearlo por otro de menor valor (como tiendas de electrodomésticos y bienes para el hogar).
BorrarNo puede ser anulado en vista que fue declarado por el vendedor en el mes que fue emitido, en ese sentido, la nota de crédito funciona igual que como las facturas o recibos por honorarios.
Otra de las situaciones en las que suelen usarse en empresas distribuidoras quienes trabajan con clientes RUS, los cuales rechazan pedidos o devuelven la mercadería luego de un tiempo por presentar desperfectos. Saludos
BUENAS TARDES
ResponderBorrarUNA CONSULTA QUIERO DAR DE BAJA ESTABLECIMIENTOS ANEXOS , PERO AUN SIGUEN UTILIZANDO DICHAS GUÍAS DE REMISIÓN Y LO QUE SE IMPRIMIÓ ES BASTANTE , LA PREGUNTA VA ,
¿PUEDO CAMBIAR LA ASOCIACIÓN DE LA SERIE DEL CP?, ES DECIR DOY DE BAJA AL ESTABLECIMIENTO ANEXO PERO PUEDO SEGUIR UTILIZANDO LA MISMA SERIE PARA OTROS ESTABLECIMIENTOS ?
Una empresa puede tener distintas series con una misma dirección o usarlas en direcciones diferentes, cuando se da de baja algún establecimiento anexo es posible seguir usando la serie, para ello el contribuyente podrá sellar todos los comprobantes con la dirección del establecimiento en los que se usarán estos. Saludos.
BorrarMi pregunta es si compro 8000 soles en mercaderías y solo vendo 2000 soles por cual de ellas pago el impuesto del régimen del nuevo rus, y porque existen los dos parámetros de categorias
ResponderBorrarPara identificar la categoría que corresponde tributar en el RUS se toma el mayor entre los ingresos y adquisiciones generadas durante el periodo a declarar y se ubica de acuerdo a la Tabla Anexa en la Guía Pago Fácil del RUS.
ResponderBorrarPara el caso en cuestión se toma el mayor (compras por S/. 8,000) debiendo ubicarse automáticamente en la categoría 2 y pagar la cuota correspondiente (S/. 50.00) con ayuda del formulario mencionado en el párrafo anterior. Saludos
hola profesor me gustaria saber las sanciones que tuviera al infringir el numeral 11 del articulo 174° del codigo tributario y si puede citar algun o algunos ejemplos.
ResponderBorrarsaludos cordiales.
cesar navarro
Las sanciones para el numeral 11 del artículo 174° del Código Tributario se encuentran prescritas en las tablas correspondientes, de acuerdo a lo siguiente:
Borrar- Tabla I: 30% UIT
- Tabla II: 15% UIT
- Tabla III: 10% UIT
Estas pueden acogerse al criterio de gradualidad según la frecuencia, en ese sentido tenemos:
Primera Oportunidad:
- Tabla I: 10% UIT
- Tabla II: 8% UIT
- Tabla III: 5% UIT
Segunda Oportunidad:
- Tabla I: 20% UIT
- Tabla II: 10% UIT
- Tabla III: 8% UIT
Tercera Oportunidad o más:
- Tabla I: 30% UIT
- Tabla II: 15% UIT
- Tabla III: 10% UIT
Nótese que a partir de la tercera oportunidad la multa para recuperar los bienes comisados es la prevista en el Código Tributario y sus respectivas Tablas según corresponda. Saludos.
se puede emitir un comprobante de pago con borrones, existe sanción ?
ResponderBorrarhola profesor una consulta cuales son los requisitos mínimos para pedir nueva serie de facturas y boletas de venta, cuando se gano una contratación con el estado.
ResponderBorrarBuenos dias, quisiera saber si puedo imprimir facturas con serie 002 para uso en la misma tienda, ya que cuando contamos con dos cajas y solo tenemos una factura seria posible la impresion de otra serie?
ResponderBorrarhola, tengo una consulta lo que pasa es que mis facturas se han extraviado entonces me acerque a las oficinas de la SUNAT y me lo dieron de baja ese talonario con su numeracion respectiva el problemas es que no me dieron la hoja impresa donde se muestra la numeracion que se ha dado de baja solamente me dijeron que ya esta, ahora como YO verifico que efectivamente se dieron de baja esa numeracion, se puede hacer esto en operacion en linea una solucion porfavor, se le agradeceria mucho.
ResponderBorrarme podría recomendar algún libro de contabilidad donde encuentre información de todos los tipos de recibo y todos los tipos de boletos
ResponderBorrarBuenas noches, estoy inscrito en el RUS , puedo emitir tickets (emitidas x maquina registradora) en vez de boleta de pago, me didico venta zapatos, no tendre problema con la sunat?
ResponderBorrarCuales son los números del comprobante de pago en una boleta de venta y cuantos digitos tiene ??
ResponderBorrarme pueden ayudar por favor quiero saber sobre las series de comprobantes de pago la serie 001 lo usamos para emitir en soles pero sacaron una serie 002 y ese comprobante de la serie 002 solo usamos para emitir en dolares mi pregunta es ahora q eh sacado filial en provincia como va ser ... o solo tomo la serie 003 gracias por escucharme y espero su pronta respuesta
ResponderBorrarBuenas tardes
ResponderBorrarCon respecto a los denominados Ticket Factura que últimamente las empresas emiten,debemos indicar que no no son considerados comprobantes de pago, que opina al respecto,¿tienen validez'
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